Como reclamar un despido improcedente
Has de saber que sí, estás en disposición de reclamar el despido si lo consideras improcedente.
Pero, ¿Qué es un despido improcedente?
Un despido improcedente consiste en la rescisión del contrato de trabajo, pero sin cumplir con las reglas formales o despido o sin existir una justificación real para ello.
Uno de los grandes problemas a los que se enfrenta el trabajador es la falta de conocimiento sobre sus derechos, por eso lo mejor es asesorarse por un profesional.
Lo primero que debe hacer el empresario es notificárselo al trabajador por una escrito, detallando los motivos del despido y la fecha de efectos.
Por lo general, hay tres factores determinantes a la hora de considerar un despido improcedente:
- No se cumplen las formalidades requeridas.
- No se prueban que los hechos alegados para el despido sean lo suficientemente graves.
- Que no aparezca un informe contradictorio por parte del representante de los trabajadores.
En un despido improcedente siempre es necesario contar con un abogado experto en derecho laboral, para poder detectar irregularidades por parte del empresario.
La comunicación del despido la debe llevar a cabo el empresario, a través de una carta certificada, fechada y sellada por un funcionario de correos.
Para reclamar en contra debemos iniciar un proceso que consta de varias fases y acciones:
1.Papeleta de conciliación: la interposición de la papeleta de conciliación es obligatoria. El trabajador dispone de 20 días hábiles para interponer esta papeleta, plazo que se inicia desde la notificación del despido.
2.Acto de conciliación: una vez presentada la papeleta de conciliación, se cita al empleado y al empresario para el acto de conciliación. Si el trabajador no comparece, se archiva el proceso, mientras que, si es el empresario el que no comparece y es condenado por sentencia, se le impondrán los gastos de todo el proceso.
3.Demanda ante el Juzgado de lo Social: si no se llega a ningún acuerdo, se debe presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Una vez admitida la demanda, será el Juzgado quien establezca la fecha y la hora del juicio.
4.Juicio y sentencia: en el juicio se debe acreditar que lo manifestado en la carta de despido no es cierto. La sentencia podrá ser declarada procedente, improcedente o nula. Si la sentencia es declara improcedente se deberá readmitir al trabajador o pagarle una indemnización.
5.Ejecución de la sentencia: una vez se dicta sentencia podrá ser ejecutada en un plazo de 20 días.
Contra la sentencia solo cabe el recurso de suplicación ante el Tribunal de Justicia de la CCAA.